Principios, Derechos y Garantías
En primer término la ley determina los principios derechos y garantías, y al respecto establece que esta ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender en todo el territorio de la Provincia del Chaco, consagrado por la Constitución Nacional en sus artículos 14 y 75 -tercer párrafo del inciso 19-, y los tratados internacionales incorporados a la misma; el derecho a la educación por la Constitución Provincial 1957-1994- en su artículo 79, por los principios y garantías de la ley de Educación Nacional Nº 26.206, las leyes de Educación Técnico Profesional y de Educación Superior en vigencia.
Paralelamente define que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal, social e inalienable, garantizado por el Estado Provincial, asegurando condiciones de equidad e igualdad.
Por otra parte la considera una prioridad provincial y se constituye en política de Estado para reafirmar la soberanía e identidad nacional y provincial, en el marco de la diversidad cultural y lingüística, para profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social sustentable de la provincia.