01 agosto 2011

ANTECEDENTES DE LA PROVINCIALIZACIÓN DEL CHACO*



El régimen legal de los Territorios Nacionales
Para poder entender la trascendencia que tuvo la provincialización del Chaco en 1951 en la vida de los habitantes del entonces Territorio Nacional del Chaco –hecho del cual se cumplen 60 años- debemos hacer mención a los hechos históricos que la precedieron y al régimen legal que estaba vigente en los territorios nacionales, con las consecuencias que su aplicación produjo en la vida social, económica y política de la población.
La Constitución Nacional sancionada en 1853 previó la incorporación de nuevas tierras al régimen institucional creado entonces: en su art. 13 preveía la creación de nuevas provincias y en el art. 14 facultaba al Congreso Nacional fijar los límites interprovinciales, crear nuevas provincias y organizar la administración y gobierno de los Territorios Nacionales.
La Ley 1532 sancionada el 10 de Octubre de 1884 fue el régimen legal de los territorios nacionales y contempló la paulatina incorporación de sus habitantes al goce de los derechos políticos hasta llegar a la igualdad con los ciudadanos de las otras provincias. En su art. 4 establecía  que al alcanzar una población de 60.000 habitantes cada territorio tenía derecho de obtener el rango de Provincia, es decir el pleno ejercicio de su autonomía federal, y por el art. 46 se creaba una legislatura territorial en aquellas jurisdicciones que alcanzasen a 30.000 habitantes, integradas por delegados de los municipios.
Lo que vemos acá es la voluntad de los legisladores de incorporar a los territorios al orden constitucional y cuando las condiciones sociales lo permitiesen, habilitar el ejercicio de la autonomía política. El funcionamiento de las legislaturas territoriales debía operar como un aprendizaje de la ciudadanía para el ejercicio de ese derecho. Sin embargo, como ocurrió muchas veces en nuestra vida institucional, ninguno de los gobiernos que se sucedieron desde 1884 -año de la sanción de la ley- dieron cumplimiento a esas normas, y la condición de minoridad y desamparo institucional fue absoluta durante más de sesenta años.




El desamparo cívico de los habitantes
Y para ilustrar mejor esta orfandad política que sufrieron los territorios, se enumeran las principales carencias que sufrían sus habitantes:
1 No tenían derecho a participar en la elección de Presidente y Vicepresidente de la república.
2 No elegían representantes al Congreso de la Nación, ya sean diputados o senadores, o sea que sus intereses eran ignorados en la labor parlamentaria.
3  No tenían derecho a elegir Gobernador y Vicegobernador del Territorio, pues sus principales funcionarios eran elegidos por el Poder Ejecutivo Nacional y respondían al mismo.
4 No elegían diputados provinciales al no constituirse las legislaturas territoriales previstas en la ley.
5 Al carecer de autonomía no podían fijar impuestos y por lo tanto carecían de presupuesto propio.
Su participación cívica estaba limitada al derecho de elegir la Comisión Municipal y el Juez de Paz de cada localidad que superara los mil habitantes. Y esta situación se prolongó por muchos años, aún en aquellos territorios que como el Chaco no sólo superó ampliamente la población exigida a partir de 1920, sino que exhibió un desarrollo económico y cultural, mayor incluso que algunas provincias históricas.
Esta situación verdaderamente injusta se agravaba por el hecho de que muchos gobernadores, al ser ajenos al Territorio, desconocían el medio y sus necesidades, o bien aprovechaban las ventajas del cargo para satisfacer apetencias particulares y cometer verdaderos abusos contra la población.
Algunos autores sostienen que la situación legal e institucional imperante en los territorios nacionales era peor que la que sufrían las colonias en la época hispánica, pues las gobernaciones y los cabildos gozaban de mayor autonomía en sus decisiones.

Los movimientos de defensa territorial
Esta situación de verdadera discriminación y orfandad cívica y la mala administración de los territorios por gobernantes que, con algunas excepciones, no expresaban los intereses y anhelos de la población, determinó el surgimiento de diversos movimientos de opinión en defensa de los derechos territoriales y a favor de la representación parlamentaria de sus habitantes en una primera etapa, y luego ya francamente en pro de la provincialización del territorio. En todos estos movimientos cívicos participaron vecinos caracterizados y de renombre en el Chaco, de distintas vertientes políticas, desde los sectores conservadores a los que militaban en las filas del socialismo.
Así en 1918 se constituyó la “Liga Territorial para la Representación en el Congreso” que como su nombre lo indicaba promovía la participación de delegados territoriales en el Poder legislativo de la Nación. Al año siguiente se formó el “Comité por un Gobernador Chaqueño”, inquietud que también movilizaba a los hombres del Territorio.
Con una visión más amplia, en 1922 se formó la “Asociación de Fomento de los Territorios del Chaco y Formosa” cuyos objetivos fueron el impulso de la Colonización y del desarrollo ganadero y agrícola, la construcción de caminos, líneas férreas y vías navegables. También luchó por la representación territorial en el Congreso de la Nación, pero se manifestaron contrarios a la provincialización. Esta asociación tuvo mayor permanencia en el tiempo y publicó la revista “El Chaco” para difundir su prédica.
Otra institución fue la “Unión Territorial del Chaco” creada en 1926, que bregó por la creación de una legislatura local, prevista en la Ley 1532, y la promoción de la educación práctica, a través de una Sociedad de fomento de la educación práctica, a partir de la cual se gestó la Universidad Popular. Con similares objetivos en 1930 surgió la “Agrupación pro Derechos Territoriales” que publicó el periódico Justicia y reclamó para los habitantes el derecho a elegir Presidente y Vicepresidente de la República y ls reforma de la Ley 1532 con vistas a la posterior provincialización del territorio.
Un denominador común de todos estos movimientos es que no propiciaban la provincialización y hasta se manifestaban en contra de este paso institucional, sosteniendo que primero había que crear el espíritu cívico de la población, al que juzgaban inexistente.
Un ejemplo de esta posición fue la del investigador Enrique Lynch Arribálzaga, quien sostenía que antes de dar el paso de convertirnos en provincia debíamos contar con la representación parlamentaria  y el pueblo debía estar adiestrado en el uso del sufragio, y que en el caso de decidirnos por esa opción, el pueblo debía ser consultado democráticamente si quería dar ese paso.
Lentamente la idea de la necesidad de contar con autonomía a través de la provincialización fue abriéndose paso en la opinión pública. En 1932 se constituyó la Comisión pro Capacitación Institucional, con la participación de diversas instituciones profesionales de abogados, comerciantes y educadores, que buscaba precisamente remover uno de los principales obstáculos: la falta de cultura cívica, a través de conferencias, audiciones radiales y publicaciones. Con similar finalidad se constituyó en 1936 la Alianza Civil Territorial en 1936, que propuso también promover  el nombramiento de un gobernador chaqueño.
En todos estos movimientos podemos ver la participación de personalidades destacadas de nuestro medio y basta mencionar estos apellidos: Perrando, Moro, Idelfonso Pérez,  J.R. lestani, Juan S. Mac lean (que fue designado Gobernador merced a esta prédica), Boscheti, Lino Torres, Gabardini, Dambra, Pereno, Castelán, Arribálzaga, Ameri, Marpegán, etc.
También en la Capital federal se crearon movimientos destinados a mejorar la situación legal de los territorios, como por ejemplo: la Junta Permanente pro Representación Parlamentaria, en 1922, creada a partir de una reunión de numerosos municipios y comisiones de fomento de los territorios. Otro foro importante fue el Congreso de Municipios de los Territorios Nacionales reunido en Buenos Aires en 1933, y posteriormente otro en 1935, donde se propuso ya en forma terminante la provincialización de los territorios de La Pampa, Chaco, Misiones y Río Negro.

Proyectos legislativos
Los proyectos para modificar esta situación datan de 1892, cuando el Gral. Dónovan propuso la instalación de una legislatura local, aunque sin éxito. A partir de allí se realizaron numerosos intentos, como el de la Convención Constituyente de 1898, cuando se propuso la reforma de la Constitución para que los territorios también pudieran elegir diputados nacionales, pero sin lograr aceptación. Otro intento fue en 1900 durante la presidencia de Roca y en 1913 durante la Primera Conferencia de Gobernadores de los Territorios, en virtud de lo cual el Poder Ejecutivo envió un proyecto de ley, el que tampoco tuvo tratamiento.
Pese a todos estos movimientos y reclamos que se plantearon a nivel del Gobierno Nacional, y a los diversos proyectos en favor de la representación parlamentaria de los territorios y de su provincialización, que se elaboraron en el Congreso Nacional, especialmente durante la presidencia de Hipólito Irigoyen en 1919, los territorios continuaron relegados políticamente. Los 22 proyectos que se presentaron en tal sentido o en dotar de representación parlamentaria a los mismos no fueron tratados. Las causas de de esta postergación fueron varias e incidían tanto en la opinión pública territorial como en los sectores políticos nacionales: 1) La creencia de que no existían en los territorios hombres capacitados para el ejercicio del gobierno autónomo; 2) el temor de que los territorios fueran afectados por las mismas luchas políticas que agitaban a las provincias tradicionales; 3) el temor de los empleados públicos y de los sectores vinculados al gobierno territorial de perder sus empleos o los beneficios conseguidos con el gobierno territorio; 4) los intereses económicos y políticos, a quienes les convenía mantener la situación de minoridad institucional de los territorios para lograr ventajas y privilegios.

Nuevo impulso hacia la provincialización
Sin embargo la conciencia de que los territorios debían lograr su autonomía en virtud de su potencial demográfico (en 1935 el Chaco había alcanzado 213.000 habitantes, y 10 años más tarde su población se había duplicado), económico y cultural, se fue abriendo paso lenta pero seguramente en los círculos dirigentes, y ganando también la conciencia de las clases populares y los sectores gremiales. Los reclamos que en tal sentido se plantearon los sucesivos Congresos de Territorios, en los que intervenían delegados de los municipios, entre 1933 y 1942, fueron abriendo camino.
Al comenzar en 1946 el primer período gubernativo del Gral Juan Domingo Perón, tuvieron entrada en ambas cámaras del Congreso Nacional varios proyectos de provincialización de los territorios nacionales de la Pampa, Río Negro, Chaco, Misiones y Chubut. Se fundamentaban los mismos en la necesidad de consolidar el federalismo y salvar las diferencias históricas con aquellas que habían concurrido a constituir el Estado Nacional, colocándolas en un pie de igualdad con las otras entidades provinciales históricas.
Para ejemplificar la presencia que ya habían logrado los territorios en la escena nacional, debo señalar los conceptos vertidos por el Gral. Perón cuando envió al Congreso el Primer Plan Quinquenal, a poco de asumir su primer Gobierno: “Los Territorios Nacionales han de merecer especial atención de los poderes públicos, por la extensión de su población, y por la riqueza que han creado merced al trabajo de sus habitantes.” “…al mismo tiempo se acelera el proceso previsto y no cumplido en la ley orgánica de territorios nacionales hasta llegar paulatinamente a la autonomía de aquellas porciones del suelo argentino que deben formar parte del ejercicio pleno de nuestro sistema constitucional.”
A partir de ese momento, las gestiones a favor de la provincialización del Territorio del Chaco cobran nuevo impulso, y se suman en forma activa los sectores obreros y la dirigencia sindical chaqueña en virtud del importante papel que el nuevo gobierno le asignó a la clase trabajadora del país.

*Texto por: Marcos A. Altamirano. Panel realizado el 20 de mayo de 2011 de la Junta de Estudios Históricos del Chaco.


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