23 agosto 2011

CINE Y MÚSICA A MITAD DE PRECIO PARA LOS PIBES EN SEPTIEMBRE



A mediados de agosto el Ministerio de Educación de la Nación lanzará el Programa Escuela y Medios, que contendrá dos propuestas para estudiantes secundarios: “Mes de cine” y “Mes de la música”.

MES DE CINE PARA SECUNDARIOS
La iniciativa que lanza el Programa Escuela y Medios del Ministerio de Educación de la Nación junto con las Asociaciones de Cine de la Argentina (CAEM, FADEC y Showcase) tiene como objetivo que estudiantes de 4to, 5to y 6to año de escuelas secundarias del país puedan acceder al cine a mitad de precio (2 x 1).


ESCUELA Nº 896 GANÓ PREMIO ECOGUARDIANES-PROHUERTA 2010



Con el objetivo de cuidar el medio ambiente a través de la reforestación, alumnos, docentes y padres de la zona de Taco Pozo se convirtieron en ecoguardianes de su tierra y solidariamente avanzan con esta metodología que es una filosofía de vida.

La comunidad educativa de la Escuela Primaria Nº 896 de la subsede Taco Pozo de la Región Educativa 7, recibió el Premio Prohuerta – Inta por el trabajo realizado con tareas de reforestación que sumó a todos los actores de la comunidad y gracias al acompañamiento del Ministerio de Educación, el Programa ProHuerta del INTA, el Centro Latinoamericano de Aprendizaje y Servicio Solidario y de diversos actores de la zona, la Institución participará esta semana del Séptimo Seminario Internacional de Aprendizaje - Servicio presentando su experiencia.


VACUNARÁN GRATIS A NIÑAS DE 11 AÑOS CONTRA EL PAPILOMA VIRUS HUMANO (HPV)



Los ministerios de Salud Pública, de Desarrollo Social y de Educación del Chaco articulan y coordinan un operativo provincial de vacunación gratuita contra el Papiloma Virus Humano (HPV) a niñas de 11 años escolarizadas y no escolarizadas, ya que está comprobado que es el generador del 80% de los cánceres de cuello cervical y cuello uterino.

Para ello, el martes en la cartera educativa se reunieron los equipos técnicos de los tres ministerios. En la oportunidad, estuvo presente la subsecretaria de Educación de la Provincia Norma Papinutti, la directora de Gestión Educativa Irma Bosco, los directores de las regionales educativas de la provincia, de Educación para la Salud el doctor Marcos Zeniquel, el equipo de la Dirección de Salud Educativa, de la Dirección de Inmunización de Salud Pública los licenciados Claudia Pujol y Marcelo Gómez, agentes sanitarios y de Desarrollo Social. Coordinaron el operativo provincial de vacunación contra el HPV que se iniciará en octubre próximo en todos los centros disponibles en todos los centros de salud de la provincia. En total son tres aplicaciones.

ESTA VACUNA COSTOSA SE
INCORPORARÁ AL ESQUEMA

Al respecto, el coordinador del Área de Educación para la Salud del Ministerio de Educación de la Provincia, Marcos Zeniquel destacó la “importancia atender al niño joven no como objeto sino como sujeto de derecho” y atender a la persona integralmente en su desarrollo, y específicamente dijo que el tema tratado fue sobre inmunización, con el objetivo de completar el esquema de vacunación e incorporar al calendario de vacunación esta nueva vacuna contra el HPV (Papiloma Virus Humano). Esta vacuna costosa, que es no es accesible para el conjunto de la población, ahora va estar en el calendario de vacunación de manera gratuita.

Zeniquel dijo que se dispuso que sean vacunadas las niñas de 11 años nacidas en el año 2.000, “esa es la manera que se determinó para inmuno prevenir el cáncer de cuello uterino” por lo menos en esta franja etárea, ya que generalmente no se iniciaron sexualmente. Mientras que explicó que para el resto de las mujeres adolescentes de 14, 15 y hasta 35 años se insistirá en campañas de concienciación para que se realicen el control anual del Papanicolau, para prevenir los cánceres de cuello cervical y cuello uterino.

05 agosto 2011

PROVINCIALIZACIÓN DEL CHACO: CAPÍTULO II DE CHACÚ PARA EL AULA

Desde aquí pueden ver online el capítulo II del documental Chacú donde se aborda la provincialización.



Provincialización del Chaco from Territorio Cultural on Vimeo.

Después de que se vea online completo, pueden descargarlo a sus computadoras, para lo cual tienen que tener el programa Download Helper y lo mejor es navegar en la web con Mozilla Firefox, para que no tengan problemas de links caídos.

Disculpen las molestias con el link anterior, y tengan paciencia en la descarga.

Chaco, felices 60 años de provincia!

04 agosto 2011

LA HISTORIA DEL CHACO

El Chaco tiene una historia distinta a la mayoría a otras provincias del país que se conformaron inmediatamente después de 1810. Fue un territorio que se mantuvo ocupada por los Pueblos Originarios hasta fines del siglo XIX. Las provincias vecinas de Tucumán, Santiago del Estero, Santa Fe y Corrientes llevaron adelante fallidas políticas de incursión y exploración, y firmaron acuerdos y tratados de paz con los habitantes originarios.

Una vez finalizada la Guerra de la Triple Alianza el Estado Nacional necesito marcar presencia efectiva en la zona del Chaco, para ello creo la Gobernación del Chaco, inicio campañas militares contra los naturales, fomento la instalación de capitales privados, impulso la llegada de inmigrantes y fundo ciudades en la margen del río Paraná y a la vera de los ferrocarriles.


02 agosto 2011

PROVINCIALIZACIÓN DEL CHACO: GOBERNADORES

  1. Juan Carlos Brusco, desde 1951 hasta el 4 de junio de 1953.
  2. Felipe Gallardo, desde el 4 de junio de 1953 hasta 16 de septiembre de 1955.
  3. Rafael Claudio Ortega, desde el 22 de septiembre de 1955 hasta el 25 de septiembre de 1955.
  4. Oscar Rodrigo Uncal, desde el 25 de septiembre de 1955 hasta el 1 de octubre de 1955.
  5. Ángel Peluffo, desde el 3 de octubre de 1955 hasta el 8 de octubre de 1955.
  6. Miguel Ángel Mascaro, desde el 9 de octubre de 1955 hasta el 28 de diciembre de 1955.
  7. Pedro Avalia, desde el 4 de enero de 1956 al 1 de mayo de 1958.
  8. Anselmo Zoilo Duca, desde el 1 de mayo de 1958 hasta el 19 de marzo de 1962.
  9. Manrique Miguel Mom, desde el 19 hasta el 21 de marzo de 1962.
  10. Marcelino Castelán, desde el 30 de junio de 1962 hasta el 5 de octubre de 1963.
  11. Osvaldo Núñez, desde el 6 de junio de 1963 hasta 12 de octubre de 1963.
  12. Deolindo Felipe Bittel, desde el 12 de octubre de 1963 hasta 29 de junio de 1966.
  13. Ricardo Pacífico del Corazón de Pompeya Miró, desde el 29 de junio de 1966 hasta el 4 de agosto de 1966.
  14. Rafael Torrado, desde el 4 de agosto de 1966 hasta 23 de enero de 1967.
  15. Miguel Ángel Basail, desde el 23 de enero de 1967 hasta 21 de mayo de 1971.
  16. Roberto Oscar Mazza, con carácter de interventor del 24 de mayo de 1971 hasta 25 de mayo de 1973.
  17. Deolindo Felipe Bittel, del 25 de mayo de 1973 hasta 24 de marzo de 1976.
  18. Oscar José Zuconni, interventor (golpe de estado de 1976), desde 24 de marzo de 1976 hasta 23 de abril de 1976.
  19. Antonio Facundo Serrano, del 23 de abril de 1976 hasta 31 de marzo de 1981.
  20. José David Ruiz Palacios, desde 31 de marzo de 1981 hasta 11 de diciembre de 1983.
  21. Florencio Tenev, desde 11 de diciembre de 1983 hasta 10 de diciembre de 1987.
  22. Danilo Luis Baroni, desde 10 de diciembre de 1987 hasta 11 de diciembre de 1991.
  23. Rolando Tauguinas, desde 11 de diciembre de 1991 hasta 10 de diciembre de 1995.
  24. Ángel Rozas, desde 10 de diciembre de 1995 hasta 10 de diciembre de 1999.
  25. Ángel Rozas, desde 10 de diciembre de 1999 hasta 10 de diciembre de 2003.
  26. Roy Nickish, desde 10 de diciembre de 2003 hasta 10 de diciembre de 2007.
  27. Jorge Milton Capitanich, desde el 10 de diciembre de 2007 a la actualidad.

PROVINCIALIZACIÓN DEL CHACO: CONSTITUCIÓN DE 1957

El gobierno de la “Revolución Libertadora” dispuso mediante la Proclama del 27 de Abril de 1956, la derogación de la Constitución de 1949 y el 1º de Mayo siguiente puso en vigencia la Carta Constitucional de 1853. Lo mismo hizo con las constituciones provinciales del Chaco, Misiones y La Pampa. A fin de cubrir el vacío institucional que esta medida implicaba, estableció que un Estatuto Provisional rigiese a dichos estados hasta la sanción de las nuevas constituciones.

El régimen militar, consciente de la ilegalidad que implicaba su decisión de suprimir constituciones por decreto o mediante proclamas, se apresuró a convocar a elecciones de una Convención Constituyente en el orden nacional para legitimar esta medida y dispuso hacer lo mismo en las nuevas provincias para la sanción de las respectivas cartas constitucionales de acuerdo con las orientaciones políticas del nuevo gobierno.


PROVINCIALIZACIÓN DEL CHACO: CONSTITUCIÓN DE 1951


Fueron los trabajadores organizados quienes lideraron las gestiones que culminaron con las conquistas obtenidas. Es conocido el rol protagónico que dentro del movimiento justicialista le cupo al movimiento obrero. A partir de la sanción de la ley de Asociaciones Profesionales, la actividad gremial cobro un auge extraordinario. La Confederación General del Trabajo era considerada la columna vertebral del Movimiento Justicialista, y su participación en la gestión oficial se vio concretada en empresas y organismos del Estado.

Ciudadanos de extracción gremial ocuparon cargos en los Poderes ejecutivo y legislativo nacional y provinciales, y accedieron al servicio exterior en el desempeño de las funciones de agregados obreros a las embajadas. Estas medidas integraban la concepción de la “comunidad organizada” postulada por el justicialismo. Al mismo tiempo, la CGT extendía su acción al ámbito continental, liderando una nueva central creada bajo sus auspicios con la denominación de Asociación de Trabajadores Latinoamericanos Sindicalistas (A.T.L.A.S.), que levantaba la bandera de la tercera posición en el campo internacional.


PROVINCIALIZACIÓN DEL CHACO: LA LEY 14.037

Debemos redescubrir el proceso de la Provincialización del Chaco, interpretando sus alcances-, para poder comprender quiénes lo hicieron posible, por qué y cómo lo hicieron y contra qué intereses se enfrentaron. Para hacernos cargo de lo que tal acontecimiento representó como conquista de derechos ciudadanos. Para entender todo lo que todavía nos falta por conquistar .

Más allá de las diferentes lecturas que se han hecho de dicho proceso, obviamente justificadas todas en el proyecto social en el que se legitiman, y como tales, portadoras de porciones de verdad, desde nuestra adscripción al pensamiento nacional y popular, sin descalificar las interpretaciones diversas, sino aportando a una reflexión colectiva, entendemos que es imprescindible incorporar en el análisis  al menos dos aspectos, que a nuestro juicio, contribuyen a pensar horizontes de justicia, soberanía y dignidad para un Chaco inclusivo.


01 agosto 2011

ANTECEDENTES DE LA PROVINCIALIZACIÓN DEL CHACO*



El régimen legal de los Territorios Nacionales
Para poder entender la trascendencia que tuvo la provincialización del Chaco en 1951 en la vida de los habitantes del entonces Territorio Nacional del Chaco –hecho del cual se cumplen 60 años- debemos hacer mención a los hechos históricos que la precedieron y al régimen legal que estaba vigente en los territorios nacionales, con las consecuencias que su aplicación produjo en la vida social, económica y política de la población.
La Constitución Nacional sancionada en 1853 previó la incorporación de nuevas tierras al régimen institucional creado entonces: en su art. 13 preveía la creación de nuevas provincias y en el art. 14 facultaba al Congreso Nacional fijar los límites interprovinciales, crear nuevas provincias y organizar la administración y gobierno de los Territorios Nacionales.
La Ley 1532 sancionada el 10 de Octubre de 1884 fue el régimen legal de los territorios nacionales y contempló la paulatina incorporación de sus habitantes al goce de los derechos políticos hasta llegar a la igualdad con los ciudadanos de las otras provincias. En su art. 4 establecía  que al alcanzar una población de 60.000 habitantes cada territorio tenía derecho de obtener el rango de Provincia, es decir el pleno ejercicio de su autonomía federal, y por el art. 46 se creaba una legislatura territorial en aquellas jurisdicciones que alcanzasen a 30.000 habitantes, integradas por delegados de los municipios.
Lo que vemos acá es la voluntad de los legisladores de incorporar a los territorios al orden constitucional y cuando las condiciones sociales lo permitiesen, habilitar el ejercicio de la autonomía política. El funcionamiento de las legislaturas territoriales debía operar como un aprendizaje de la ciudadanía para el ejercicio de ese derecho. Sin embargo, como ocurrió muchas veces en nuestra vida institucional, ninguno de los gobiernos que se sucedieron desde 1884 -año de la sanción de la ley- dieron cumplimiento a esas normas, y la condición de minoridad y desamparo institucional fue absoluta durante más de sesenta años.